AGUAS DE CARTAGENA REHABILITARÁ DESCARGAS DE EMERGENCIA DEL SISTEMA DE ALCANTARILLADO

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Aguas de Cartagena S.A. E.S.P iniciará la ejecución de obras de optimización en las descargas de emergencia de las estaciones de bombeo de aguas residuales El Bosque y Bocagrande, para evitar reboses de cámaras de inspección y registros ubicados en las vías públicas y andenes.

Las obras permitirán mitigar al máximo en la zona costera, los efectos y molestias que se produzcan cuando por emergencias se deban realizar vertidos puntuales y esporádicos con impacto controlado en el sistema de alcantarillado a un cuerpo de agua receptor (Bahía). Con esta reconstrucción, se mejora sensiblemente la dilución alcanzada al verter las aguas servidas a una profundidad de 6 metros, cuando hoy se hace a menos de 3 metros, a través de una tubería de polietileno de alta densidad, de 60 metros de longitud y 630 milímetros de diámetro. Hoy la longitud es de tan solo 20 metros.

La obra, requiere una inversión superior a los $1.100 millones y se realiza acorde con la máxima normativa que se reconoce para el diseño de sistemas sanitarios en el país, al igual que en cualquier parte del mundo, cual es que la descarga de emergencia es inherente a una Estación de Bombeo de Aguas Residuales ( EBAR) como una medida de control ante fallas en la evacuación del caudal, y establece que en el diseño se debe considerar la facilidad de verter ante una interrupción en el bombeo.

Se trata de la reglamentación oficializada en el Título D del Reglamento Técnico del Sector de Agua Potable y Saneamiento Básico RAS, “Sistemas de Recolección y Evacuación de Aguas Residuales Domésticas y Aguas Lluvias”, la cual establece en el capítulo 8.3 los requisitos mínimos y las condiciones básicas que deben cumplir las estaciones elevadoras y de bombeo que se construyan en cualquiera de las etapas de un sistema de recolección y evacuación de aguas residuales y lluvias, con el fin de garantizar la seguridad, la confiabilidad, la durabilidad, la funcionalidad, la calidad del agua, la eficiencia y la sostenibilidad del sistema.

Igualmente, mediante este marco legal se definen otros lineamientos relacionados con los siguientes alcances:

· “Durante la operación normal de la estación elevadora y/o de bombeo no deben presentarse inundaciones, para lo cual la edificación debe contar con los drenajes pertinentes. En el caso en que exista un pozo de succión, éste debe incluir un nivel de protección contra excesos de caudal provenientes de la red de alcantarillado, causados por fallas en los sistemas de control, y eventualmente por fallas en la evacuación del caudal”.

Las descargas solo se realizarán cuando no solo sea suspendido el servicio de energía en el sector en que se ubica la estación y falle la entrada de las plantas eléctricas de emergencias que tienen todas las EBAR´s, sino también en casos de atascamiento de impulsores de las bombas, rotura de la línea de impulsión, limpieza del pozo húmedo y sobrecarga del caudal que llega a la estación por alguna lluvia torrencial.

La empresa Aguas de Cartagena S.A. E.S.P. respetuosa de las normas legales cuenta con los permisos requeridos para tal efecto, tales como la licencia de ocupación e intervención del espacio público de la Secretaría de Planeación Distrital; la certificación de viabilidad ambiental expedida por CARDIQUE; concepto de la dirección general del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo; el certificado del Ministerio de transporte y Certificación de la agencia nacional de infraestructura ANI; el certificado de no requerimiento de consulta previa por parte del Ministerio del Interior; informe de Prospección Arqueológica y Formulación del Plan de Manejo Arqueológico, avalado por el Instituto Colombiano de Antropología e Historia -ICANH-; y Estudios técnicos de corrientes, vientos mareas, oceanográficos, meteorológicos, batimétricos, navegación, estudio de suelos). Todo lo anterior, requisitos para conseguir la concesión de la DIMAR, lo que está en su etapa final.

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