A partir de este martes, en el Mercado de Bazurto sólo podrán vender mayoristas 

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El alcalde, William Dau Chamat, expidió esta noche el decreto que establece  las medidas para la adecuada operación, inspección,  vigilancia y control de las actividades esenciales del Mercado  de Bazurto; mantener  el  distanciamiento  y  evitar las  aglomeraciones de acuerdo con las  medidas  de aislamiento social preventivo obligatorio adoptadas por la Alcaldía de Cartagena, y evitar el contagio de la enfermedad COVID 19.

Solo se permitirá la actividad de comercialización para los establecimientos de comercio mayorista en el Mercado de Bazurto y los empleados que laboran en los mismos deben estar acreditados e identificados.

Los clientes para su ingreso deberán estar identificados con certificado de existencia y representación legal expedido por la Cámara de Comercio, que los acredite como parte de la cadena de abastecimiento.

Se prohíben las ventas de productos al detal, estacionarias y comercio informal en la plaza de mercado y zona de influencia, y la circulación de personas entre las 08:00 a.m. y 4:00 p.m.

Horario de cargue y descargue

Se establece como horario para el cargue entre las 00:00 horas y hasta las 08:00 a.m., y de descargue de mercancías entre las 4:00 p.m. y hasta las 24:00 horas.

Las personas a realizar estas labores deben de estar acreditadas por los administradores, gerentes, propietarios o quien haga sus veces, en coordinación con el Asesor del Mercado de Bazurto.

Los administradores, gerentes, propietarios o quien haga sus veces, en coordinación con el Asesor del Mercado de Bazurto, en un término de dos días de expedido el decreto deberán implementar el protocolo de bioseguridad para el ingreso a la zona del Mercado de Bazurto.

Queda prohibido el estacionamiento de vehículos de carga dentro del perímetro del Mercado de Bazurto, por fuera del horario establecido y el Departamento Administrativo de Tránsito y Transporte, DATT, se encargará de vigilar el cumplimiento de esta medida y sancionar su inobservancia según la regulación normativa pertinente de tránsito y transporte vigente.

Cierres viales

Se realizar el cerramiento de las vías del área de influencia al mercado de Bazurto, así:

Calle 29B (Avenida El Lago) con Carrera 22A (entrada Barrio Chino)

  1. Diagonal 22 (Prolongación Avenida Crisanto Luque) con Tv 24 a la altura de Distribuidora El Buen Precio
  2. Diagonal 22 con Avenida Pedro Heredia.
  3. Carrera 24 a la Altura de la Avenida Pedro de Heredia (diagonal a Almacén Pulido)
  4. Calle 29B (Avenida El Lago) con Tv 22 a la altura de la Institución Educativa Los Luceros.

Acceso peatonal

Los únicos accesos al Mercado de Bazurto son los siguientes:

Entrada: Diagonal 22 con Transversal 24, a la altura de Distribuidora Buen Precio

Salida: Diagonal 22 con Avenida Pedro de Heredia (El Salivón)

Se harán controles policiales  en los siguientes puntos:

  1. Diagonal 22
  2. Calle Megatienda Mayorista
  3. Entrada Salivón
  4. Entrada Cuchilla
  5. Pasaje Central
  6. Pasaje Popular
  7. Pasaje Palacio de la Pantaleta
  8. Pasaje Districell
  9. Callejón El Pueblito
  10. Callejón Éxito
  11. Callejón Globo Centro
  12. Callejón Drogas La Rebaja
  13. Callejón Solo Moda
  14. Primer Callejón Carrillo
  15. Barrio Chino Calle 29C
  16. Barrio Chino 29C Bis
  17. Barrio Chino 29B
  18. La Ballena Azul
  19. Avenida El Lago Transversal 22

El propietario del local comercial debe establecer medidas sanitarias, higiene y distanciamiento para sus empleados y clientes para brindar seguridad:

 

  1. Prohibir que el personal que tenga COVID-19, presente síntomas compatibles con la enfermedad o se encuentre en cuarentena domiciliaria por haber tenido contacto con alguna persona con síntomas o diagnosticada, acuda a su labor de trabajo.

 

  1. Cumplir con las normas sanitarias y de higiene, de acuerdo a los protocolos de bioseguridad que expidan las autoridades sanitarias.

 

  1. Cumplir con la disposición y uso de tapabocas de todos los trabajadores.

 

  1. Tener acceso al lavado de manos con agua y jabón, al menos cada tres horas, asimismo contar en el lugar de trabajo alcohol glicerinado, mínimo al 60% y máximo al 95%, con registro sanitario, para la limpieza de manos.

 

  1. Registrar a sus trabajadores en el link dispuesto en la página coronavirus.cartagena.gov.co y realizar diariamente el control de ingreso a su lugar de trabajo.

 

  1. Reportar ante la ARL respectiva, el trabajador que presente síntomas compatibles con la enfermedad, y a la línea telefónica del Departamento Administrativo de Salud-DADIS

 

  1. Supervisar la manipulación higiénica de los alimentos en todas las etapas: recibo de alimentos, almacenamiento, exhibición y venta.

 

  1. Realizar diariamente en el lugar donde se ubica el establecimiento de comercio, limpieza y desinfección de las instalaciones, con especial atención a las superficies de contacto más frecuentes (canastillas, bandejas, mesas, estantes, mostradores, neveras, etc.), así como los equipos y utensilios utilizados en el establecimiento (tajadoras, balanzas, cuchillos, afiladores, pinzas, etc.) de acuerdo con los parámetros definidos por los protocolos de bioseguridad adoptados por el Ministerio de Salud y Protección Social y por la Dirección Administrativa de Salud Distrital DADIS.

 

  1. Controlar una distancia mínima de dos metros entre clientes. En caso que no sea posible mantener dicha distancia, se permitirá únicamente la permanencia dentro del local de un cliente a la vez.

 

La empresa de servicios públicos de aseo encargada de la limpieza, recolección y disposición de los residuos sólidos que se generan en el Mercado, debe implementar, con ocasión de la emergencia sanitaria, actividades de limpieza y desinfección diariamente en las áreas y elementos comunes (canecas y contenedores de residuos, etc.), así como en las vías y plazoletas internas entre otras.

La Policía debe hacer los controles sobre el uso obligatorio de tapabocas, o cualquier elemento que cubra boca y nariz de las personas que circulan en el Mercado Bazurto y área de influencia y aplicarán los controles sobre el consumo de bebidas alcohólicas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio durante la vigencia de la medida de aislamiento decretada por el Alcalde de Cartagena.

Las autoridades harán los controles para el cumplimiento de las medidas de aislamiento preventivo obligatorio en el sector del Mercado de Bazurto y su área de influencia, atendiendo las excepciones para la circulación de las personas y vehículos en los casos y/o actividades dispuestas en las normas dictadas por el Distrito sobre esta materia

El DADIS, el EPA Cartagena, la Gerencia de Espacio Público, Alcaldía Local, y las demás autoridades del gobierno distrital, así como los Inspectores de Policía y la Policía Nacional ejercerán sus funciones y competencias de inspección, vigilancia y control, y adelantarán los procedimientos sancionatorios a que haya lugar por violación de la legislación vigente.

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