A través del decreto 0553, la Alcaldía de Cartagena extendió las medidas restrictivas hasta las 05:00 horas del 27 de mayo, con el objetivo de contener la propagación del COVID-19 en la ciudad.
Desde este lunes el toque de queda cambia su horario, quedando así:
Toque de queda
Es decir, habrá toque de queda continuo desde las 9:00 p.m. del viernes 21 de mayo hasta las 5:00 a.m. del lunes 24 de mayo.
Los establecimientos de comercio y/o locales comerciales autorizados, podrán prestar sus servicios presenciales al público hasta una hora antes de dar inicio al toque de queda para cada día, a efectos de permitir el desplazamiento de los usuarios y consumidores a sus viviendas.
Esto significa que, cuando el toque de queda inicia a las 9 p.m. los establecimientos podrán atender hasta las 8 p.m., mientras que, cuando el toque de queda sea a las 3 p.m. podrán atender hasta las 2:00 p.m.
Así será la rotación del pico y cédula
Sigue restricción al consumo de licor
Hasta 05:00 horas del 27 de mayo sigue prohibido el consumo de bebidas alcohólicas o embriagantes en el interior de tiendas, refresquerías, terrazas, billares, galleras, clubes y corporaciones sociales, estancos y/o licoreras y espacios públicos.
Sin embargo, no se prohíbe la venta, distribución o expendio de bebidas alcohólicas o embriagantes.
Horarios para uso de playas y chivas
El ingreso a las playas autorizadas y el uso de las chivas también seguirán sujetos a horarios y cumpliendo todas las medidas de bioseguridad.
Horario de ingreso a playas
– Lunes 17 de mayo: 8:00 a.m. hasta la 1:00 pm
– Martes 18 a viernes 21 de mayo: de 8:00 a.m. hasta las 5:00 p.m.
– Lunes 24 a miércoles 26 de mayo: de 8:00 a.m. hasta las 5:00 p.m.
*Horario de uso y movilización en chivas*
– Lunes 17 de mayo: 9:00 a.m. hasta la 1:00 pm
– Martes 18 a viernes 21 de mayo: de 9:00 a.m. hasta las 6:00 p.m.
– Lunes 24 a miércoles 26 de mayo: de 9:00 a.m. hasta las 6:00 p.m.
Eventos siguen prohibidos
Durante la vigencia del presente Decreto, sigue prohibido en todo el territorio del Distrito de Cartagena de Indias, especialmente en la Zona Norte y Zona Insular, la realización de cualquier tipo de espectáculo público y/o eventos de fiestas electrónicas y de cualquier otro tipo, en playas y espacios públicos; así mismo se prohíbe la utilización de Pick-up, o de cualquier otra clase de artefacto de amplificación sonora que genere alteraciones a la tranquilidad y convivencia ciudadana.
En cuanto a las actividades académicas de los colegios del Distrito, se recomienda como medida para prevenir y controlar la COVID-19, la realización de manera virtual.