#Actualidad | Según la Resolución CREG 059 de 2012, las empresas de gas natural deben informar a sus usuarios sobre el estado de la Revisión Periódica y los plazos para su realización, a través de la factura y canales oficiales.
Surtigas cumple con esta normativa informando 5 meses antes del vencimiento, mediante la factura del servicio y una carta personalizada. Luego, emite recordatorios mensuales hasta que la revisión sea realizada y certificada por un organismo de inspección acreditado.
Aunque algunos organismos pueden enviar mensajes o cartas ofreciendo sus servicios, la factura de Surtigas es la fuente más confiable para conocer la fecha real de vencimiento.
⚠️Proceso de notificación de Surtigas:
• 5 meses antes del vencimiento de la revisión periódica, se envía una carta junto con la factura y el listado de los organismos de inspección que pueden realizar la revisión
• Luego de esa primera notificación, en las facturas siguientes se recuerda la fecha límite para hacer la revisión
• Faltando 1 mes para el vencimiento, si aún no se ha programado, se envía una comunicación junto con la factura indicando la urgencia de realizarla
• Unos días antes del vencimiento se notificará una posible suspensión del servicio
• Faltando 5 días y por seguridad, en caso de no evidenciar la Revisión Periódica al día, el servicio de gas natural puede ser suspendido en cualquier momento.
Consulta los organismos autorizados en:
🌐 www.surtigas.com.co
🌐 www.onac.org.co
📍 Oficinas de atención al cliente.