#Cartagena | La Alcaldía de Cartagena adoptó un paquete de medidas de obligatorio cumplimiento contra las ‘chivas rumberas’.
Por ello, a partir de este jueves 20 de junio, quedan definidos los recorridos y las condiciones para la correcta operación de los vehículos tipo chivas turísticas y buses escalonados (citysightseeing), mediante el Decreto 0930, del 20 de junio de 2024.
PROHIBICIONES:
• Se prohíbe la música en vivo al interior de los vehículos.
• El uso de cornetas y dispositivos o accesorios diseñados para producir ruido, tales como válvulas, resonadores y pitos adaptados a los sistemas de bajo y de frenos de aire; el uso de resonadores en el escape de gases adaptadas
• El uso de luces intermitentes, o de alta intensidad y aparatos similares que son de uso exclusivo de vehículos de emergencia y fuerzas militares.
• Exceder la capacidad autorizada en la licencia de tránsito o tarjeta de operación.
• El consumo de bebidas alcohólicas durante los recorridos en las zonas autorizados para la prestación del servicio.