Es oficial: todos los días toque de queda de 10 p.m. a 5 a.m.

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A partir de mañana, 20 de mayo y hasta el 1 de junio el horario del toque de queda en Cartagena será de 10 p.m. a 5 a.m., así quedó estipulado en el decreto 0561, expedido por el alcalde, William Dau Chamat, en la tarde de este 19 de mayo.

Esta flexibilización en la medida fue avalada por el Ministerio de salud, tras analizar la situación de la COVID-19 en la ciudad y haciendo balance con la economía. Dependiendo del comportamiento de los ciudadanos se podría endurecer o ser más laxa.

Con este cambio de horario, los establecimientos de comercio y/o locales comerciales autorizados, podrán prestar sus servicios presenciales al público hasta las 9:00 p.m. de cada día, con el fin de permitir el desplazamiento de los usuarios y consumidores a sus viviendas antes de que se inicie la restricción de la movilidad.

Cambia horario para el uso de playas

Otra de los cambios que trae esta nueva normativa expedida por el alcalde, es la extensión del horario para el ingreso a las playas autorizadas, el cual, desde mañana, será todos los días de 8:00 a.m. hasta las 6:00 p.m.

Pico y cédula 

LUNES 17/05/2021 1-3-5-7-9

MARTES 18/05/2021 0-2-4-6-8

MIÉRCOLES 19/05/2021 1-3-5-7-9

JUEVES 20/05/2021 0-2-4-6-8

VIERNES 21/05/2021 1-3-5-7-9

SÁBADO 22/05/2021 0-2-4-6-8

DOMINGO 23/05/2021 1-3-5-7-9

LUNES 24/05/2021 0-2-4-6-8

MARTES 25/05/2021 1-3-5-7-9

MIÉRCOLES 26/05/2021 0-2-4-6-8

JUEVES 27/05/2021 1-3-5-7-9

VIERNES 28/05/2021 0-2-4-6-8

SÁBADO 29/05/2021 1-3-5-7-9

DOMINGO 30/05/2021 0-2-4-6-8

LUNES 31/05/2021 1-3-5-7-9

Durante la vigencia del Decreto 0561 también se mantiene la restricción al consumo de bebidas alcohólicas o embriagantes en el interior de tiendas, refresquerías, terrazas, billares, galleras, clubes y corporaciones sociales, estancos y/o licoreras y espacios públicos.

Se permite la venta, distribución o expendio de bebidas alcohólicas o embriagantes.

Así mismo, el tránsito de vehículos turísticos tipo chiva, seguirá en el mismo horario del decreto anterior, es decir, de 9:00 a.m. hasta las 6:00 p.m.

Seguirá prohibido en todo el territorio del Distrito de Cartagena de Indias, especialmente en la Zona Norte y Zona Insular, la realización de cualquier tipo de espectáculo público y/o eventos de fiestas electrónicas y de cualquier otro tipo, en playas y espacios públicos; así mismo, se prohíbe la utilización de Pick-up, o de cualquier otra clase de artefacto de amplificación sonora que genere alteraciones a la tranquilidad y convivencia ciudadana.

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