Ordenan descongestionar celdas de estación de Policía de Turbaco

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El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena falló una acción de tutela en favor de los detenidos en la Estación de Policía de Turbaco, quienes sufren afectaciones por el hacinamiento y las malas condiciones sanitarias, pues en una celda hay más de 50 hombres, cuando la capacidad es para cinco detenidos.

La tutela fue interpuesta por el personero de Turbaco, Ivan Roca Álvarez, quien ha venido solicitando en reiteradas ocasiones a la administración de Turbaco brinde una solución oportuna a estos detenidos, tal como lo ordenan los magistrados del Tribunal Superior.

En el fallo, del 16 de noviembre del 2022, se ordena al comandante de la Estación de Policía de Turbaco que, en el término de 5 días hábiles, contados a partir de la notificación de la decisión, trasladar a todas las personas que tienen la condición de condenados al Establecimiento Penitenciario y Carcelaria de Ternera o Distrital, según corresponda.

De igual forma, se ordena a la Alcaldía Municipal de Turbaco y al INPEC que, en el término de 15 días hábiles, contados a partir de la notificación de esta decisión, adelanten las actuaciones administrativas necesarias que permitan concretar la firma y puesta en marcha del contrato interadministrativo que actualmente está en curso, en aras de que el INPEC reciba en su centro de reclusión a todas las personas que tienen la condición de sindicados.

Además, ordena al Comandante de la Estación de Policía de Turbaco que, una vez ocurra lo anterior, en el término de 20 días hábiles, contados a partir de esa calenda, traslade a todas las personas que tienen la condición de sindicadas a los Establecimientos Penitenciarios y Carcelario que hagan parte del convenio.

Y ordena a la Alcaldía Municipal de Turbaco y al comandante de la Estación de Policía que, en el término de 15 días hábiles, bajo el principio de colaboración armónica, adelanten las actuaciones necesarias a fin de vincular al sistema de seguridad social en salud a aquellas personas privadas de la libertad que, encontrándose en ese centro de detención transitorio, no estén afiliadas al mismo.

 

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