La Alcaldía de Cartagena extremó las medidas para contener la COVID -19 en la ciudad.
Mediante decreto 0452 del 26 de abril, se amplió el horario de toque de queda en días de semana y sábado y domingo, y se establecieron otras medidas.
La medida, inicialmente aplicará entre las 00 horas del 26 de abril y las 00 horas del 3 de mayo. Durante la vigencia del decreto, en todo el territorio del Distrito de Cartagena de Indias el toque de queda será en el siguiente horario:
TOQUE DE QUEDA
– LUNES A VIERNES: Desde las 8:00 pm de cada día, hasta las 5:00 am del día siguiente.
– SABADO Y DOMINGO: Desde las 12:00 m de cada día, hasta las 5:00 am del día siguiente.
PICO Y CÉDULA
Se restringe el acceso y la circulación de personas a entidades financieras, Mercado de Bazurto, almacenes de grandes superficies, almacenes y supermercados en general, por lo que, exclusivamente se autoriza el acceso y circulación de acuerdo con el último dígito del respectivo documento de identidad que a continuación se detalla:
LUNES 26/04/2021 0-2-4-6-8
MARTES 27/04/2021 1-3-5-7-9
MIÉRCOLES 28/04/2021 0-2-4-6-8
JUEVES 29/04/2021 1-3-5-7-9
VIERNES 30/04/2021 0-2-4-6-8
SÁBADO 01/05/2021 1-3-5-7-9
DOMINGO 02/05/2021 0-2-4-6-8
OTRAS MEDIDAS
Durante la vigencia del presente Decreto, se prohíbe el consumo de bebidas alcohólicas o embriagantes en el interior de tiendas, refresquerías, terrazas, billares, galleras, clubes y corporaciones sociales, estancos y/o licoreras y espacios públicos.
No está prohibida la venta, distribución o expendio de bebidas alcohólicas o embriagantes.
El ingreso a las playas queda restringido al siguiente horario:
– LUNES A VIERNES: Desde las 8:00 a.m. a 2:00 p.m.
– SABADO Y DOMINGO: Se restringe el ingreso.
También queda prohibido en todo el territorio del Distrito de Cartagena de Indias, especialmente en la Zona Norte y Zona Insular, la realización de cualquier tipo de espectáculo público y/o eventos de fiestas electrónicas y de cualquier otro tipo, en playas y espacios públicos; así mismo se prohíbe la utilización de picó, o de cualquier otra clase de artefacto de amplificación sonora que genere alteraciones a la tranquilidad y convivencia ciudadana.
El tránsito de vehículos turísticos tipo chivas también queda prohibido en todo el territorio del Distrito de Cartagena de Indias.
Se recomienda la realización de actividades académicas de los colegios del Distrito de Cartagena de manera virtual, como medida para prevenir y controlar el COVID_19.